Reglamentaron la ley que otorga un beneficio extraordinario a los familiares de las víctimas del ARA San Juan

Fue anunciado este sábado a través del Boletín Oficial, bajo el Decreto 316/2021.

Los familiares de las víctimas del ARA San Juan recibirán un beneficio extraordinario. (AP/Mario de Fina/Archivo)
Los familiares de las víctimas del ARA San Juan recibirán un beneficio extraordinario. (AP/Mario de Fina/Archivo)

El hundimiento del ARA San Juan generó un dolor irreparable para los familiares de los tripulantes. Por esta misma razón, el Gobierno nacional anunció a través del Boletín Oficial que aprobó la reglamentación de la ley que establece la provisión de un beneficio económico extraordinario para los seres queridos de las víctimas.

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La ley Nº 27.615/21 fue publicada en el Decreto 316/2021. El mismo contiene las firmas del presidente, Alberto Fernández, como así también las del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Defensa, Agustín Rossi.

Los familiares de las víctimas del hundimiento del ARA San Juan.
Los familiares de las víctimas del hundimiento del ARA San Juan.

En el mismo queda de manifiesto cómo serán los procedimientos que regulan la reglamentación, la cual ya había sido dictada el 12 de marzo pasado bajo el Decreto 161/2021.

La ley, que reconoce “a los y las familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan el derecho a percibir por única vez un beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar”, fue aprobada en el Congreso el 24 de febrero del 2021.

El beneficio “tendrá el carácter de indemnización extraordinaria por el siniestro producido en el mencionado submarino ARA San Juan en ocasión del desarrollo de tareas de vigilancia y control del mar en el límite de la zona económica exclusiva de la República Argentina, del que resultara la trágica desaparición o muerte de la totalidad de la tripulación, acaecido en el año 2017”, según indica el segundo artículo de la ley.

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Además, suma que el dinero tendrá que “considerarse como base de cálculo la remuneración bruta mensual vigente del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial que se menciona, para el grado y nivel que allí se indican, actualizada al momento del pago del beneficio”.

Antes de efectivizar el pago, el beneficiario le deberá asegurar el compromiso a la Autoridad de Aplicación que renunciará a todo derecho por indemnización de daños y perjuicios. Por otro lado, mediante una declaración jurada, los familiares indemnizados deberán manifestar si a la fecha existen acciones judiciales en trámite en este sentido.

Los familiares de las víctimas del hundimiento del ARA San Juan.
Los familiares de las víctimas del hundimiento del ARA San Juan.

Asimismo, los familiares que pretendan recibir el beneficio deberán declarar si a la fecha han percibido alguna indemnización de carácter económico por daños y perjuicios a través de una resolución judicial, y asimismo declarar si existen otros beneficiarios.

También se establece que la solicitud del beneficio extraordinario deberá presentarse ante el Ministerio de Defensa.

La reglamentación establece en el anexo que para acreditar la filiación, las hijas o hijos de los tripulantes del submarino deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación “sus actas de nacimiento, en original o copia, debidamente autenticada”.

El hundimiento del ARA San Juan

El hecho se produjo el 15 de noviembre de 2017. El submarino ARA San Juan desapareció con 44 tripulantes a bordo mientras viajaba desde Ushuaia hasta Mar del Plata. Posteriormente, fue encontrado a 500 kilómetros de Comodoro Rivadavia, a 907 metros de profundidad.

Con información de Télam.