El Gobierno promulgó la reforma del Monotributo, que actualiza los topes de categoría

Se aprobó en el Senado el 7 de abril, junto con la modificación al Impuesto a las Ganancias.

Monotributo (AFIP)
Monotributo (AFIP)

Este miércoles, con la publicación en el Boletín Oficial, quedó promulgada la ley 27.618 de reforma del Régimen de Monotributo.

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Esta reforma —oficializada mediante el decreto 253/2021— actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al denominado Régimen General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La actualización de las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020 comienza a regir este mismo miércoles. Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021, indicó Télam.

Pase por caja. La carga tributaria de los autónomos es muy superior a la de los asalariados y se incrementa cuando deja el monotributo.
Pase por caja. La carga tributaria de los autónomos es muy superior a la de los asalariados y se incrementa cuando deja el monotributo.

Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

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De acuerdo con el texto, podrán deducir, además, en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año.

La ley establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Bono para monotributistas

El Gobierno nacional publicó este miércoles el decreto que oficializa el pago de un Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de $15.000 para quienes cobran Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo y Monotributistas -categorías A y B-.

El beneficio se estableció mediante el decreto 261/2021, publicado en el Boletín Oficial, donde se indicó que el bono extraordinario es solo para los residentes en la zona del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El ingreso fue dispuesto tras las medidas oficializadas en el DNU que tienen el objetivo de disminuir las actividades y horarios, que conllevan situaciones de mayores riesgos para la circulación del virus, en forma temporaria e intensiva hasta el 30 de abril inclusive.

En el Boletín Oficial queda puntualizado que el subsidio extraordinario que se otorga por el decreto se financiará con recursos del Tesoro Nacional.

Con información de Télam.