Inadi: Victoria Donda fue sobreseída en la causa por ofrecerle un puesto a su empleada doméstica

El juez Casanello dijo que “el hecho imputado no encuadra en una figura legal”.

VICTORIA DONDA. (Archivo).
VICTORIA DONDA. (Archivo).

Victoria Donda fue sobreseída este jueves en la causa que investiga si cometió un delito al ofrecerle a su exempleada doméstica un cargo en el Instituto Nacional contra la Discriminación (Inadi), que ella dirige.

//Mirá también: Victoria Donda defendió a un vendedor ambulante en un control policial

El juez federal Sebastián Casanello tomó la decisión de sobreseer a la interventora del Inadi tras entender que “el hecho imputado no encuadra en una figura legal”.

“Me encuentro así en condiciones de reiterar que la indignación que puede generar un diálogo entre partes estructuralmente desiguales para llegar a acuerdos injustos, los incumplimientos laborales de una empleadora y/o la naturalización de un uso inapropiado y poco ético de la función pública, no alcanza para formular un reproche penal si es que faltan los elementos del tipo penal”, sostuvo el magistrado.

Victoria Donda, la interventora del Inadi.
Victoria Donda, la interventora del Inadi.

La decisión del juez Cananello

Más allá del diálogo entre Donda y la denunciante Arminda Banda Oxa, la funcionaria pública no ejecutó ninguna decisión, ni dictó resoluciones u órdenes que fueran contrarias a la legislación vigente; por lo que no se dieron los extremos para achacarle el haber cometido un acto que la colocare ante el incumplimiento de sus deberes de funcionaria pública o un abuso de autoridad, dice la resolución judicial.

“Sólo configuran delitos aquellas conductas que son consideradas antinormativas por estar previstas en nuestro código penal. Sin ley previa que sancione penalmente un tipo de conducta no es posible hablar de delito, aun cuando el comportamiento observado sea injusto, inmoral o reprobable desde otros puntos de vista. Este principio es uno de los pilares del Estado de derecho”, sostuvo el magistrado.

“Para el caso en concreto, era necesario que esa suerte de predisposición contraria a las obligaciones y deberes de una funcionaria (cfr. Art. 2 ley 25.188), a la que se ha referido la Fiscalía -en este caso, Guillermo Marijuan- al hablar de interés, se hubiera visto plasmada en un acto concreto de desvío de poder sobre el cual la sanción penal pudiese actuar”, señaló Casanello.

El magistrado aclaró, de todas formas, que su decisión “tampoco ha de limitar ni de poner en cuestionamiento la legitimidad del reclamo que Benda Oxa ha efectuado en la Justicia laboral”.

Con información de Télam.