Quienes hayan recibido al menos una dosis de la vacuna podrán ser convocados al trabajo presencial

Así lo dispuso el Gobierno para “recuperar la capacidad de trabajo” en plena segunda ola de la pandemia de coronavirus. Hay excepciones.

Protocolos de ciudado en empresas privadas (Foto: Archivo)
Protocolos de ciudado en empresas privadas (Foto: Archivo) Foto: Archivo

Las personas que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus podrán ser convocados al trabajo presencial, dispuso el Gobierno Nacional en una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial.

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“Los empleadores y las empleadoras podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras (...) que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos CATORCE (14) días de la inoculación”, dice la Resolución Conjunta 4/2021.

Sin embargo, quienes se dedican a actividades “de la salud con alto riesgo de exposición”, podrán “ser convocados una vez transcurridos CATORCE (14) días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad”. Es decir, podrán ser llamados a trabajar presencial cuando reciban las dos dosis, indica Clarín.

La Resolución indica también que quienes sean llamados a volver a sus lugares de trabajo “deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación”.

Mientras, los trabajadores que “tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras”.

Excepciones a la medida

Las personas con: inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; pacientes con VIH (según el estatus); y que tomen medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis, están exentos de esta decisión.

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También quedan excluidos por la norma los pacientes con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; quienes tengan tumor de órgano sólido en tratamiento, y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

Recuperar el trabajo

“Las vacunas utilizadas en Argentina demostraron una adecuada eficacia para la prevención de las formas graves y de la muerte por la enfermedad, lo cual disminuye el riesgo y posibilita el retorno de los trabajadores y las trabajadoras a sus lugares de trabajo”, dice el texto firmado por los ministros de Salud Carla Vizzotti y de Trabajo Claudio Moroni.

“En virtud de ello, es necesario implementar estrategias que permitan recuperar la capacidad de trabajo de los diferentes sectores y establecer las condiciones necesarias para la reincorporación de las trabajadoras y los trabajadores a sus lugares de trabajo”, agrega.

Y destaca “la importancia de haber desarrollado e implementado protocolos específicos para cada sector a fin de prevenir y cuidar la salud de los trabajadores y las trabajadoras, protocolos que deben ser revisados y actualizados de manera permanente”.

En cuanto a la vuelta a la presencialidad, los empleadores deberán considerar las restricciones que rigen desde este viernes, por las cuales el transporte público es de uso exclusivo de trabajadores esenciales, y también serán éstos los únicos que podrán circular de 00 a 6.