Cambios en el Cronograma Único de Circulación

Impares: lunes, miércoles y viernes. Pares: martes, jueves y sábado. domingos podrán circular todas las terminaciones de DNI desde las 8 hasta las 21 horas.

Los domingos podrán circular todas las terminaciones de DNI desde las 8 hasta las 21 horas para esparcimiento y de 17 a 21 horas para realizar compras en comercios de cercanía. En este sentido, queda prohibida la circulación desde la hora 22 hasta la hora 8 del día siguiente. Quedan excluidos, las personas autorizadas y los trabajadores esenciales.

Actividad comercial

El horario de la actividad comercial será de lunes a sábado de 8 a 21 horas. Los domingos solo podrán abrir los comercios de cercanía (kioscos, mercados y multirubros barriales) de 17 a 21 horas. Estos comercios podrán recibir clientes con todas las terminaciones de DNI.

Bares, restaurantes y casas de comida

Continuará prohibida la apertura para la atención al público de restaurantes, bares, pubs y cervecerías. Estos podrán realizar ventas a través del retiro de local de lunes a sábado de 8 a 21 horas y envío a domicilio hasta la hora 24. Los días domingo solo podrán realizar envíos a domicilio hasta la hora 24.

No podrán abrir sus puertas ni realizar atención al cliente los centros de estética, spa, masajes, arte corporal, gimnasios y toda actividad comercial que implique un mínimo de contacto con el cliente. Actividad física y de esparcimiento En beneficio de la salud psicofísica de los vecinos, se permitirán las salidas de esparcimiento solo en los circuitos autorizados fuera del ejido urbano y respetando el Cronograma Único de Circulación.

La actividad física o gimnasia, solo podrá desarrollarse en grupos de menos de 10 personas, en lugares al aire libre y en sitios con la ventilación adecuada, respetando el distanciamiento social de 2 metros y los protocolos específicos. Para poder desarrollarse, estas actividades físicas deberán estar aprobadas previamente por la Subsecretaría de Deportes del Municipio de Caleta Olivia.

La actividad física o de musculación que se desarrolle en gimnasios que poseen patios abiertos, también deberá desarrollarse en grupos de menos de 10 personas, respetando el distanciamiento social de 2 metros y los protocolos específicos.

Se prohíbe la utilización de espacios públicos recreativos para esparcimiento tales como plazas, parques, senderos, lagunas y paseos costeros. También queda totalmente prohibida la realización de eventos sociales y familiares en espacios cerrados, espacios públicos y en los domicilios de las personas, en todo caso y cualquiera sea el número de miembros.

Actividades prohibidas

Quedan prohibidas en su totalidad las siguientes actividades: eventos públicos y privados, sociales, familiares, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier índole que implique la aglomeración de personas.

También los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, gimnasios, clubes, institutos de enseñanza, servicios de transporte púbico urbano, el turismo y las reuniones sociales y familiares.