Clases presenciales en Córdoba: qué pasa si detectan un contacto de un contacto estrecho

Hubo una actualización en el protocolo por casos de coronavirus. Qué pasa con las burbujas.

Las clases presenciales, por ahora garantizadas en Córdoba.
Las clases presenciales, por ahora garantizadas en Córdoba. Foto: Telam

A medida que avanza el tiempo y aumenta la experiencia se van tomando nuevas medidas en base a lo que genera la segunda ola de coronavirus. Este 2021 en Córdoba va dejando distintos aprendizajes sobre todo en las escuelas y centros educativos donde se retomaron las clases presenciales.

//Mirá también: Córdoba: gremio docente advierte ausentismo estudiantil por el frío

En este sentido es que desde el ministerio de Educación introdujeron una modificación en la resolución que funciona como “Guía de actuación ante casos sospechosos y confirmados de Covid en los establecimientos educativos de la provincia de Córdoba”.

Este martes, informaron que hubo una nueva aclaración sobre la definición de contacto de contacto estrecho. Se define de esta forma a “a aquella persona que estuvo en proximidad con un contacto estrecho de un caso positivo sin las medidas de protección adecuadas y sin distanciamiento. Dentro de esta definición se encuentran los contactos estrechos convivientes y extraescolares”.

En caso de que se detecte uno de estos casos, desde el ministerio de Salud indicaron que se deberá aislar a toda la burbuja “a la espera del resultado del hisopado del contacto estrecho”.

//Mirá también: Córdoba: “pausa activa” en el aula para combatir el frío

“Si el resultado es positivo, la burbuja permanecerá aislada por catorce días desde la fecha de último contacto. Si el resultado es negativo, el contacto estrecho permanecerá aislado por catorce días desde la fecha de último contacto, pero el resto de la burbuja puede retomar la presencialidad”, explicitaron.

“El contacto estrecho conviviente que no pueda aislarse del caso positivo deberá aislarse hasta cuatro días más y realizarse un test antes de reintegrarse al colegio”, detallaron.

Por otra parte, enfatizaron que “las y los estudiantes que formen parte de alguno de los grupos de riesgo o convivan con personas que forman parte de alguno de los grupos de riesgo establecidos por la autoridad sanitaria, no deberán asistir de manera presencial al establecimiento educativo, debiendo presentar el certificado correspondiente y/o acreditar la convivencia según el caso”.

Esto, remarcaron que está explicitado en la Resolución 387/20 del Consejo Federal de Educación.

La actualización de la guía, asimismo, dispone que es obligación para el personal docente usar barbijo y máscara o —se agrega esta posibilidad— anteojos envolventes de seguridad.