Coronavirus en Córdoba: la ayuda económica para actividades restringidas

Quinto pago a distintos sectores, con 6.608 beneficiarios.

El sector gastronómico, entre las actividades que reciben ayuda del Gobierno Provincial (La Voz).
El sector gastronómico, entre las actividades que reciben ayuda del Gobierno Provincial (La Voz).

El Gobierno de Córdoba completó los pagos correspondientes al mes de junio, alcanzando a 6.608 beneficiarios de actividades restringidas por la pandemia de coronavirus. Se invirtieron hasta aquí 252.610 millones de pesos.

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Los interesados en recibir estos aportes tienen tiempo de inscribirse hasta el 18 de julio, ingresando a la web del Gobierno de Córdoba. El dinero que se acreditó corresponde al quinto pago para los sectores con actividad restringida.

Las nuevas restricciones que rigen desde este 9 de Julio.
Las nuevas restricciones que rigen desde este 9 de Julio.

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Los rubros alcanzados son agencias de viajes, transporte especial, bares, confiterías y restaurantes, salones de fiesta y discotecas; gimnasio, natatorios y canchas; escuelas de danza, canto y teatro, y academias de idiomas; enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas; cines, autocines y centros culturales; centros de formación profesional y academias de oficios.

También para transporte escolar; cantinas dentro de establecimientos educativos; guarderías y jardines maternales; producción, composición, representación y servicios conexos al desarrollo de espectáculos teatrales y musicales; peluquerías, centros de estética, spa y similares; servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos; y servicios de entretenimiento.

Aportes

La ayuda incluye aportes no reintegrables cuyos montos van de 30 mil pesos a 70 mil pesos, según la condición fiscal; beneficios en energía eléctrica y exenciones impositivas. Los interesados en obtener la asistencia deben ingresar a la web del Gobierno de Córdoba y, con Ciudadano Digital (CiDi) Nivel 2, acceder al formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)”.

Son requisitos: estar inscripto en Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos; declarar la cuenta bancaria a nombre del solicitante y en el caso de monotributistas haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021.