Qué pasa si no voté en las elecciones 2023 en la provincia de Córdoba

Este 25 de junio los cordobeses eligen gobernador y la Justicia Electoral explicó la diferencia con las sanciones nacionales.

La Justicia Electoral ya prepara todo para las elecciones del domingo.
La Justicia Electoral ya prepara todo para las elecciones del domingo. Foto: Ramiro Pereyra

Este domingo 25 de junio los cordobeses elijieron a su nuevo gobernador y la Justicia Electoral explicó por qué no cobrará multa a aquellos ciudadanos que no concurran a las votaciones. Previamente, habían informado que la sanción provincial era superior a la nacional y eso sorprendió a varios.

El Código Electoral indica en el artículo 148 que quienes no emitan su voto y no lo justifiquen deberán abonar un monto superior a los 8 mil pesos. Sin embargo, desde el juzgado de Córdoba indicaron que no aplicarán la sanción económica por que no cuentan con el mecanismo necesario.

La Justicia Electoral ya está armando las urnas para las elecciones del domingo en la provincia.
La Justicia Electoral ya está armando las urnas para las elecciones del domingo en la provincia. Foto: Ramiro Pereyra

“Por más que el artículo lo diga, no está reglamentado el procedimiento por lo tanto, no se va a aplicar multa alguna”, indicó el secretario del Juzgado Electoral, Ernesto Torres, a El Doce. No obstante, aclaró que “puede haber otro impedimento administrativo que puede tener la persona que no haya votado”.

Inconvenientes a la hora de sacar un pasaporte o una constancia de DNI fueron algunos de los ejemplos citados.

QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DE VOTAR

  • Menores de 18 años.
  • Mayores de 70 años.
  • Jueces y sus auxiliares que trabajen en el acto comicial.
  • Personal de organismos y empresas de servicios públicos.
  • Quienes presenten un certificado de enfermedad emitido por un médico y su firma correspondiente.
  • Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar, justificando su ausencia ese día en la sede policial más cercana a su ubicación. Allí, pedir el certificado correspondiente.

QUÉ DICE LA LEY SOBRE LA SANCIÓN PARA AQUELLAS PERSONAS QUE NO VOTEN

Aquellas personas que no ejercieron su voto este domingo y no justifiquen la falta ante un Juzgado Electoral dentro de los 60 días, deberá pagar una multa equivalente al 10 por ciento de un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMNV). Teniendo en cuenta que el SMVM es de 87.987 pesos, el monto por la infracción será de 8.798 pesos.

Además, la infracción inhabilitará a la persona a ejercer cargos públicos de entre seis meses o un año desde el día de la votación. Las sanciones serán emitidas a partir de un relevamiento de la Justicia Electoral.

Sin embargo, el monto de las multas por no votar en las elecciones provinciales de Córdoba son más altas que en las elecciones nacionales: por no emitir el sufragio en las Paso nacionales de agosto, las multas van desde los 50 hasta los 500 pesos.