Qué es la ley de 2x1 y por qué la Corte cambió el rumbo de su decisión

En un fallo que dio vuelta la jurisprudencia, la Corte revirtió su parecer acerca de la aplicación del 2x1 en condenas judiciales que involucren delitos de lesa humanidad. En mayo del año pasado, había fallado en sentido contrario. Qué cambió la decisión y cómo se aplica el 2x1.

Fue Carlos Saúl Menem quien en 1994, y después del botín de Sierra Chica (el episodio más sangriento de la historia carcelaria argentina, que terminó con 8 muertos) decidió incorporar a la legislación argentina la ley 24.390, conocida comúnmente como "2x1".

La normativa fue un intento de evitar nuevos botines en una comprimida superpoblación carcelaria. En ese entonces, las cárceles se encontraban llenas de personas sin condena que llevaban más de cinco años a la espera de un juicio.

Por otro lado, al mismo tiempo que se debatía esta ley, sesionaba en Santa Fe la Convencional Constituyente que ese año reformó la Constitución Nacional e incorporó, entre otros Pactos Internacionales con jerarquía constitucional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Este tratado, en su artículo 5, sostiene el derecho de toda persona detenida a "ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad". Esta fue otra razón por la cual los legisladores nacionales creyeron necesaria sancionar esta normativa.

Qué decía la ley

El texto de la norma establecía que la prisión preventiva, es decir, la permanencia en las cárceles de acusados que aún no tengan sentencia no podría ser, salvo excepciones, superior a dos años.

Entre estas salvedades se encontraba, por ejemplo, el caso de delitos muy complejos o la existencia de una sentencia condenatoria que no se encontrare firme, o bien, la dilatación de los plazos por parte de la defensa de una manera intencional.

Pero si ninguna de estas excepciones se aplicaba, la ley establecía que a cualquier persona que superara el plazo de los dos años sin sentencia dentro de una cárcel se le computaría por cada día extra dos días a cuenta en su condena de prisión o uno en el caso de que se tratare de una pena de reclusión.

Esta ley se aplicó intacta hasta mayo de 2001, cuando Fernando De la Rúa la modificó por una nueva ley, la 25.430, que derogó este beneficio para condenados.

En 2001, Fernando De la Rúa modificó  derogó el beneficio del 2x1 para condenados.
En 2001, Fernando De la Rúa modificó derogó el beneficio del 2x1 para condenados.

Según datos del Servicio Penitenciario Federal, en 1994, del total de detenidos, un 56,36% no tenía condena. Esa proporción se mantuvo en el tiempo e incluso subió en algunos años durante la vigencia de la ley. Finalmente, el Congreso derogó la norma en mayo de 2001, año en que el porcentaje de presos en prisión preventiva llegó al 59,67 por ciento. En 2015 (último dato disponible), el porcentaje era casi idéntico al de ese año: 60,08 por ciento.

El caso Luis Muiña

El 3 de mayo de 2017, los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Highton de Nolasco, Rosenkrantz y Rosatti, aplicaron la derogada la ley 24.390  en el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad. En esa oportunidad se aplicó por el criterio de la ley más benigna, y por tratarse de un caso en el que la prisión preventiva se había efectuado durante los años en los que estuvo vigente la ley.

A partir de este fallo, los pedidos de los genocidas condenados para acceder a ese requisito se multiplicaron en los tribunales de todo el país. Desde la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad relevaron que había más de 300 represores en condiciones de acceder al beneficio tras este cambio de criterio aplicado por la Corte y eso disparó un urgente freno legislativo.

Con el apoyo de todos los bloques políticos y apenas 10 días más tarde se sancionó la ley 27.362 que aclara que la ya derogada norma del 2x1 "no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional". El nuevo marco normativo también establece que el 2x1 sólo podrá ser aplicado en los casos donde el condenado haya estado en prisión preventiva en el periodo en que dicha norma estuvo en vigencia, entre los años 1994 y 2001.

Marcha en repudio al fallo de la Corte Suprema que reduce la pena a represores (2x1).
Marcha en repudio al fallo de la Corte Suprema que reduce la pena a represores (2x1).

Y aunque la ley estaba vigente fue recién ahora cuando una nueva decisión de los jueces de la Corte volvió a cambiar el rumbo de la jurisprudencia.

Esta vez, y en sentido contrario a como había fallado en 2017, con los votos de jueces Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, y la disidencia del juez Rosenkrantz, el Supremo Tribunal rechazó un recurso extraordinario presentado por Rufino Batalla, condenado a 12 años de prisión por su participación en el centro clandestino de detención y tortura La Cacha, que funcionó durante la última dictadura militar en las afueras de la ciudad de La Plata. Entre sus víctimas, se encuentra la hija de la titular de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto.

Más allá del caso particular, la decisión de la Corte es extendible a todos aquellos otros casos de condenados por delitos de lesa humanidad.

En esta oportunidad, la mayoría de la Corte consideró que no podía perderse de vista que la detención preventiva de Batalla no se materializó durante la vigencia del artículo 7° de la ley 24.390 (2×1), sino varios años después de su derogación.

Además, los magistrados destacaron que el derecho internacional impone al Estado Argentino el deber de perseguir los delitos de lesa humanidad y aplicar penas adecuadas y proporcionadas a su gravedad para impedir una forma de impunidad de facto.

Rosatti y Highton de Nolasco explicaron que el cambio de postura respecto a su decisión del año pasado (ambos habían votado a favor de la aplicación del 2x1) se debe a la sanción de la "ley interpretativa" que el Congreso aprobó.

Por su parte, el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, mantuvo su voto del año pasado y se convirtió en el único ministro en votar a favor de la aplicación de este beneficio en la condena de los militares que tienen una condena firme. Para argumentar su decisión se basó en que la ley 27.362, sancionada con el objeto de restringir el alcance de este beneficio para casos de lesa humanidad, es inconstitucional.