El Gobierno le cobrará Ganancias a bancos y aseguradoras para pagar el IFE de $94.000

Mediante la resolución 5424, la AFIP estableció en 15% el anticipo del impuesto para empresas que hayan tenido resultado impositivo de más de $600 millones para el período fiscal 2022 o 2023.

Sergio Massa
Sergio Massa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este jueves el anticipo extraordinario del Impuesto a las Ganancias que financiará el bono para trabajadores informales de $94.000, como había informado por el ministro de Economía, Sergio Massa en conjunto con la ANSES.

Mediante la resolución 5424, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el titular del ente regulador, Carlos Castagneto, se estableció que pagarán el anticipo aquellas personas jurídicas que hayan informado un resultado impositivo igual o superior a $600.000.000 en el periodo 2022 o 2023 y se encuentren en el rubro “intermediación financiera y servicios de seguros” y proveedores de servicios de pago.

En el anuncio del nuevo IFE, Massa había adelantado que “los bancos, financieras y compañías de seguros, que serán notificadas por la AFIP a los efectos de realizar el pago del anticipo”. Sostuvo que con esta medida “pretendemos de esta manera mantener el equilibrio de las cuentas públicas, pero llegar a los sectores más vulnerables de nuestra sociedad a los efectos de cuidar el ingreso de todos los argentinos”.

Anticipo de Ganancias: quiénes están alcanzados

De acuerdo con la resolución 5424 de la AFIP, estarán alcanzados por el anticipo de Ganancias:

  • Empresas del sector financiero, bancario y de seguros;
  • El resultado impositivo en el periodo fiscal 2022 o 2023 fue igual o superior a $600.000.000;
  • Quedarán excluidos quienes cuenten con un certificado de exención del Impuesto a las Ganancias.

AFIP: de cuánto será el anticipo de Ganancias y cómo se aplicará

El monto del pago a cuenta se determinará al aplicar el 15% sobre el resultado impositivo en el período fiscal anterior inmediato.

El anticipo de Ganancias se abonará en tres cuotas de acuerdo al cierre del ejercicio de cada empresa:

  • Agosto 2022 a abril 2023: primera cuota el 23 de octubre, la segunda el 22 de noviembre y la última el 22 de diciembre de 2023.
  • Mayo 2023: las tres cuotas se abonarán el 22 de noviembre, diciembre de 2023 y el 22 enero de 2024.
  • Junio 2023: las cuotas vencen el 22 de diciembre de 2023, el 22 de enero y de febrero de 2024.
  • Julio 2023: las tres cuotas se abonarán el 22 de enero, febrero y marzo de 2024.