Chaher impulsa un régimen previsional especial para trabajadores azucareros

La diputada nacional por Jujuy es autora de un proyecto consensuado con dirigentes de los sindicatos del sector.

Diputada nacional del Frente de Todos por Jujuy, Leila Chaher.
Diputada nacional del Frente de Todos por Jujuy, Leila Chaher. Foto: Vía Jujuy

La diputada jujeña del Frente de Todos Leila Chaher impulsa en el Congreso nacional un proyecto que busca establecer un régimen previsional especial para trabajadores del sector azucarero que realizan tareas y labores relacionadas con la actividad de la caña de azúcar.

La iniciativa establece que los trabajadores de ese sector “tendrán derecho a optar por una jubilación ordinaria con 57 años de edad sin distinción de género, siempre que acrediten 25 años de aportes en caso de trabajadores permanentes o treinta temporadas de aportes en caso de trabajadores temporarios, cosecheros o permanentes con prestación discontinua”.

CONSENSO CON GREMIALISTAS

Chaher explicó que el objetivo es reconocer y beneficiar a trabajadores y trabajadoras del sector azucarero y contó que la iniciativa “surge de una labor en conjunto con representantes de los sindicatos de trabajadores de los ingenios azucareros de Jujuy, Salta y Tucumán”.

“Este proyecto tiene por finalidad acompañar y buscar un acceso más justo al Sistema Previsional Argentino (SIPA), con la posibilidad de acceder a una jubilación ordinaria a los 57 años para quienes desempeñan sus labores en este importante sector productivo de la Argentina”, sostuvo la diputada en declaraciones a Télam.

Chaher precisó que la actividad azucarera genera “más de sesenta mil empleos directos, de los cuales aproximadamente 34 mil se destinan a las tareas de cosecha” y busca “equiparar a los trabajadores del azúcar con los derechos que establece la ley del trabajador agrario para el resto de los trabajadores rurales, sancionada en 2011 durante el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner”.

De acuerdo al texto propuesto por la legisladora oficialista, “los aportes patronales respecto de las actividades comprendidas por la presente ley resultarán del Sistema Integrado Previsional Argentino, incrementada en dos puntos porcentuales (2%), a partir de la vigencia de la misma”.