El Poder Ejecutivo reglamentó la actividad de los guías de turismo en Jujuy

En la provincia está vigente la ley 6.308, que estipula el funcionamiento de un Registro Único de Guías de Turismo.

Un creciente flujo de turistas ha llevado los niveles de ocupación hotelera en la Quebrada de Humahuaca (Jujuy) a niveles que superan récords históricos.
Un creciente flujo de turistas ha llevado los niveles de ocupación hotelera en la Quebrada de Humahuaca (Jujuy) a niveles que superan récords históricos. Foto: Vía Jujuy

El Gobierno de Jujuy reglamentó la ley que regula la actividad de los guías de turismo en la provincia, quienes de manera obligatoria deberán encontrarse registrados para desarrollar labores vinculadas a la profesión en cualquier punto del territorio jujeño.

“Cualquier guía de turismo del país para poder brindar el servicio en el territorio jujeño va a tener que estar inscripto en el Registro de Guías de Turismo”, explicó el secretario de Turismo provincial, Diego Valdecantos, al informar la reglamentación de la ley, a través del decreto 7843/23.

Remarcó que la normativa prevé sanciones para quienes la incumplan y puso en relieve que el Registro Único de Guías de Turismo de Jujuy quedó habilitado para que puedan acceder a inscribirse todos aquellos que posean título universitario o terciario, existiendo en la provincia “más de cien profesionales” que desarrollan esas tareas.

La presentación de la reglamentación de la ley 6.308, a través del decreto 7843/23, estuvo a cargo del secretario de Turismo, Diego Valdecantos; junto a la presidente de la Asociación de Guías de Turismo, Marcela Julián (izq.); y la coordinadora de Calidad y Capacitación, Jorgelina Duhart.
La presentación de la reglamentación de la ley 6.308, a través del decreto 7843/23, estuvo a cargo del secretario de Turismo, Diego Valdecantos; junto a la presidente de la Asociación de Guías de Turismo, Marcela Julián (izq.); y la coordinadora de Calidad y Capacitación, Jorgelina Duhart. Foto: Vía Jujuy

La ley posee una cláusula transitoria en la cual se incluye a guías idóneos, quienes también podrán avanzar en registrarse en el plazo de doce meses, remarcó.

Los mismos deberán residir en la provincia y llevar más de cinco años trabajando como guías. Además tendrán que superar dos exámenes en los meses de junio y diciembre, los cuales son impulsados junto a la Asociación de Guía de Turismo de Jujuy y la Universidad Nacional de Jujuy.

“Este año va a ser de transición. Luego la ley prevé sanciones para quienes incumplan, multas vinculadas, por ejemplo, a infracciones que puedan ocurrir con los colectivos y combis transitando por Jujuy”, completó el secretario de Turismo jujeño.

UN NOTORIO AVANCE PARA EL SECTOR

La presidenta de la Asociación de Guías de Turismo de Jujuy, Marcela Julián, destacó la puesta en vigencia de la nueva ley y señaló que hace casi veinte años venían bregando por la reglamentación de una primera normativa que ya había sido aprobada.

Acotó que en el 2020 se empezó a trabajar el nuevo proyecto sancionado, en busca de “tener un registro de aquellos guías que prestan el servicio acá en Jujuy”, apuntó Julián.

Actualmente de la Asociación de Turismo de Jujuy está integrada por unos 80 profesionales, a los cuales ya se les está solicitando que se inscriban en el registro a cargo de la Secretaría de Turismo de Jujuy.

Los idóneos tendrán la posibilidad de quedar habilitados en dos categorías: como guía provincial de turismo, para lo cual deberán rendir conocimientos sobre las cuatro regiones de la provincia; o como guía regional de turismo, enfocándose en la región o regiones de su interés.

La ley 6.308, sancionada por la Legislatura jujeña en octubre de 2022, tiende a regular y profesionalizar la actividad de quienes prestan servicio de recepción, acompañamiento, orientación, asistencia y transmisión de información en materia turística, cultural, histórica, geográfica y ecológica, a personas o grupos de personas, en visitas o excursiones en todo el territorio provincial.

A los inscriptos se les otorgará una credencial personal e intransferible de portación obligatoria en el desempeño de la actividad.

Entre otros puntos, ley precisa que los orientadores tendrán derecho a acceder de forma gratuita, y con la sola presentación de la credencial, a museos, exposiciones, ferias, bibliotecas y otras instituciones de interés turístico dependientes del Gobierno provincial.

Con información de Télam