Sobreseen al exjuez Pablo Baca en causa por abuso sexual

La jueza Mónica Cruz Martínez dictaminó que “no existen bases suficientes” para ir a juicio.

Dr. Pablo Baca, expresidente del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy
Dr. Pablo Baca, expresidente del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy

El expresidente del Superior Tribunal de Justicia Jujuy, Pablo Baca, ya puede respirar aliviado, por cuanto después haber sido denunciado por una exfuncionaria provincial por la supuesta autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal, un Juzgado de Violencia de Género lo sobreseyó “total y definitivamente”. La resolución, fecha el pasado 20 de agosto, fue notificada a las partes y este miércoles tomó estado público.

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Fuentes judiciales confirmaron que tras la pertinente etapa de investigación y después de considerar el pedido realizado por el fiscal especializado en Violencia de Género 2, Gustavo Araya, y el dictamen emitido por el fiscal del Tribunal en lo Criminal 1, Sergio Marcelo Cuellar, la jueza especializada en violencia de género Mónica Cruz Martínez llegó a la conclusión de que “no existen bases suficientes para requerir de manera fundada la apertura del juicio”, por lo que determinó sobreseer “total y definitivamente” al doctor Baca.

Dra. Mónica Cruz Martínez, jueza especializada en Violencia de Género Nº 1, de Jujuy.
Dra. Mónica Cruz Martínez, jueza especializada en Violencia de Género Nº 1, de Jujuy.

En los considerandos de la resolución Cruz Martínez explica que “en virtud del sistema acusatorio que rige en nuestro ámbito, el titular exclusivo de la acción penal es el Ministerio Público de la Acusación, y tal como lo dispone el Artículo 21 del Código Procesal Penal, la acción pública se ejercerá exclusivamente por aquel Ministerio”.

DERECHOS GARANTIZADOS

Planteado esto, la jueza refiere que “habiéndose expedido el Fiscal del Tribunal en lo Criminal Nº 1 en el sentido de no poder a su criterio sostener la imputación que oportunamente se efectuara en contra de Baca, por entender que se encuentran agotadas las tareas de investigación y no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y que no existen bases suficientes para requerir de manera fundada la apertura del juicio, no queda más que efectuar un control de la legalidad y garantizar los derechos de las partes en la causa”.

Al respecto, la magistrada dejó sentado que a lo largo de la investigación penal preparatoria “se garantizó los derechos de la supuesta víctima en la causa, otorgándosele participación como querellante particular, y haciéndole saber de todos los actos procesales que se desarrollaron” como también “se respetó su derecho a ser oída, y se garantizó su seguridad física y psíquica durante el proceso”.

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De igual manera, también se le garantizó los derechos al exjuez denunciado, a quien “se le receptó declaración indagatoria, otorgando la posibilidad cierta de ejercer su derecho de defensa y ofrecer pruebas”, apuntó la Jueza de Violencia de Género.

En cuanto al desenlace de la causa -expediente que llevó el número P-227420-MPA/2020-, Cruz Martínez plantea en su dictamen que analizadas las actuaciones “entiendo que corresponde dictar el sobreseimiento a favor del imputado Pablo Baca, conforme las previsiones de los Artículos 21 y 379 inciso 5º del Código Procesal Penal”.