La Bicameral de seguimiento del Covid ya tiene agenda de trabajo

Desde la comisión solicitarán la ampliación de datos por parte de los Ministerios involucrados en el manejo de la pandemia.

Bicameral de Seguimiento y Control.
Bicameral de Seguimiento y Control. Foto: Diputados Mendoza

La Bicameral de seguimiento del Covid acordó una agenda de trabajo de cara a los próximos encuentros.

En la reunión mantenida por los integrantes de la Bicameral, creada en el marco de la Ley 9220, por la cual se declara la emergencia sanitaria, social, económica, administrativa y financiera de Mendoza, propuso solicitar una ampliación de datos por parte de los Ministerios involucrados en el manejo de la pandemia para ser analizados y, de ser necesario, realizar nuevas consultas a los funcionarios.

Sería una “actualización de los informes ya remitidos y las ampliaciones que los legisladores quieran hacer, tratar de que esa información sea remitida previo a la próxima reunión que tendrá lugar dentro de 15 días, y en base a esa información, establecer la agenda” de trabajo, dijo el senador Juan Carlos Jaliff (UCR).

Juan Carlos Jaliff.
Juan Carlos Jaliff.

La Bicameral continuará funcionando

Cabe recordar que la comisión Bicameral de Seguimiento y Control de todas las medidas realizadas por el Poder Ejecutivo en el marco de la emergencia declarada con motivo de la pandemia por coronavirus, acordó continuar funcionando pese a que, según la Ley, el plazo de vigencia sería de un año.

Está integrada por el vicegobernador y el presidente de Diputados, siete senadores y siete diputados, y tiene como función analizar las operaciones de endeudamiento y uso del crédito, y las contrataciones realizadas en el marco de la emergencia establecida por los decretos 359/2020 y 401/2020.

Además, podrá requerir al Poder Ejecutivo toda la información, documentación o datos necesarios para el cumplimiento de su objeto; solicitar los informes técnicos a la Comisión conformada por el Decreto 359/2020; emitir Informe pormenorizado sobre el accionar del Poder Ejecutivo en las operaciones de endeudamiento, uso del crédito y contrataciones realizadas en el marco de la emergencia sanitaria, social, administrativa, económica y financiera por el Coronavirus (Covid-19), con las recomendaciones y observaciones que estime necesarias y elevarlo a conocimiento del Senado y la Cámara de Diputados, para su consideración y publicitar la información en los términos y de conformidad con la Ley N° 9070, de Acceso a la Información Pública y Transparencia.