Pérez: arrancó la veda electoral y los candidatos ya no pueden hacer actos de campaña

A partir de las 8, comienza un espacio de reflexión para los electores que seguirá hasta después del cierre de los comicios, el domingo a las 18 .¿Qué se puede y qué no se puede hacer?

Veda electoral
Veda electoral

Este viernes, partir de las 8 de este viernes, comenzó la veda electoral previa a las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias del próximo domingo 12 de septiembre.

Acorde a la normativa vigente, es decir, según el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, la campaña electoral “finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios”. También se explicita que está prohibido “realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo” a las 18 del próximo domingo.

La gran exclusión parecen ser las redes sociales y todo método vinculado con internet, lo que cuestiona la necesidad de la reflexión.

¿Qué no se puede hacer en la veda?

Código Electoral Nacional también prohíbe:

  • la realización de espectáculos,
  • la venta de bebidas alcohólicas,
  • entregar a los electores boletas de postulantes dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos y
  • publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.