Anunciaron que Rafaela adhirió al decreto provincial con más restricciones

Tres días después del anuncio de Omar Perotti, se dio a conocer la decisión desde el Municipio. Anticipan que seguirán las reuniones con los sectores afectados, como los gimnasios, clubes e iglesias. Una por una, las nuevas medidas.

Cartel de Rafaela
Cartel de Rafaela Foto: Prensa Municipalidad de Rafaela

La Municipalidad de Rafaela informó en la mañana de este martes que “adhiere a las disposiciones establecidas por el Gobierno provincial a través del Decreto N° 0458 y que se aplicarán hasta el próximo viernes 21 de mayo, como así también a las anteriores medidas establecidas con el objetivo de reducir el contagio del COVID-19″.

La medida había sido anunciada por el gobernador Omar Perotti en el mediodía del sábado. Ya alcanzaba a la ciudad, con medidas como las restricciones a clubes, gimnasios y la actividad religiosa en espacios cerrados.

¿Qué no se puede hacer?

Están suspendidas:

  • las reuniones sociales en domicilios particulares,
  • la práctica deportiva tanto en establecimientos cerrados como al aire libre en clubes, gimnasios y establecimientos afines,
  • las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur,
  • como así también la actividad religiosa en espacios cerrados.
  • Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares, con las actividades de cines, teatros, centros culturales, salas, complejos cinematográficos y establecimientos afines. En este grupo además, se encuentran la actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques y paseos, las asambleas y actos eleccionarios en forma presencial.
  • No se puede permanecer en los espacios públicos sino limitar su uso para la circulación.
  • Circulación vehicular: no se puede de lunes a domingo entre las 20:00 y las 6:00 y solo podrán circular quienes se dediquen a actividades esenciales y a quienes asistan a actividades educativas de carácter presencial.

Estas medidas se complementan con controles domiciliarios a las personas que deben permanecer en aislamiento.

Locales gastronómicos y comercios

Los locales gastronómicos no podrán extender su actividad más allá de las 23:00 y no se permitirá el ingreso de personas para la permanencia a partir de las 22:00. Por otra parte podrán funcionar en las modalidades de delivery y de retiro. En estos espacios, la cantidad de mesas en las superficies cerradas no puede superar el 30 por ciento de la ocupación.

En tanto que los comercios podrán permanecer abiertos hasta las 19:00 y los que comercialicen productos alimenticios hasta las 20:00.