Prestadoras de servicios deberán emitir comprobantes por reclamos efectuados

Fue aprobado en el Concejo un proyecto que apunta a facilitar el seguimiento de las quejas contra empresas.

FAS33 BERLÍN (ALEMANIA), 31/08/2017.- Una persona toma una fotografía del nuevo modelo de teléfono móvil V30, durante la IFA, una de las mayores ferias de tecnología del mundo celebrada en Berlín (Alemania) hoy, 31 de agosto del 2017. El fabricante tecnológico coreano LG lanzó hoy en Berlín su teléfono móvil V30, un nuevo dispositivo de gama alta que hace especial énfasis en la grabación y reproducción de contenidos multimedia en un diseño con márgenes mínimos. EFE/FELIPE TRUEBA alemania berlin  feria tecnologica IFA 2017 telefonos celulares telefono LG V30
FAS33 BERLÍN (ALEMANIA), 31/08/2017.- Una persona toma una fotografía del nuevo modelo de teléfono móvil V30, durante la IFA, una de las mayores ferias de tecnología del mundo celebrada en Berlín (Alemania) hoy, 31 de agosto del 2017. El fabricante tecnológico coreano LG lanzó hoy en Berlín su teléfono móvil V30, un nuevo dispositivo de gama alta que hace especial énfasis en la grabación y reproducción de contenidos multimedia en un diseño con márgenes mínimos. EFE/FELIPE TRUEBA alemania berlin feria tecnologica IFA 2017 telefonos celulares telefono LG V30

Ante cualquier reclamo, las prestadoras de servicios y comercializadoras deberán brindar comprobantes online o en formato físico en donde informen lo peticionado por el cliente, y se incluya la fecha, hora y número de reclamo.

El Concejo Municipal aprobó un proyecto al respecto presentado por el edil de Cambiemos Roy López Molina, que incluye también a "toda persona física o jurídica comprendida en la Ley Nº 24.240", y se fundamenta en la "necesidad de garantizar a usuarios y consumidores respaldo por los reclamos que pudieran efectuar en el marco de las relaciones de consumo".

López Molina consideró "indispensable" permitir que quienes a futuro puedan presentarse a efectuar reclamos, cuenten con herramientas probatorias que permitan acreditar la persistencia del mismo, o el haber primeramente procurado solucionar cualquier tipo de desavenencia por los caminos que las propias empresas brindan.

"Contar con un número de reclamo permitiría efectuar el seguimiento del mismo por parte del reclamante a fin de evitar iniciar un nuevo trámite cuando no se cuenta con la descripción específica", argumentó.

A partir de ahora, las firmas estarán obligadas a brindar este comprobante vía correo electrónico o en formato papel, en caso de que el solicitante no cuente con casilla de e-mail. En caso de que no lo hicieran, las empresas serán multadas.