Sobreseyeron por incapacidad a un acusado de abuso sexual

El imputado es pareja actual de la madre de la niña de 9 años, quien le contó a su padre biológico sobre el abuso.

Abuso sexual de menores.
Abuso sexual de menores.

La Cámara Penal Nº2 de la Segunda Circunscripción Judicial sobreseyó por incapacidad a un imputado de abuso sexual contra una menor de 9 años.

El hecho ocurrió en 2013, cuando el acusado aprovechó la ausencia de su pareja y, bajo amenazas e intimidaciones, abusó de la niña mediante tocamientos. La denuncia fue realizada por el padre de la nena, luego que la menor le contara que había sido abusada por la pareja de su madre.

La causa, en primera instancia, fue caratulada como “averiguación delito contra la integridad sexual”. En el inicio del debate oral, el Tribunal aceptó el pedido de la defensa del imputado, Pascual Celdrán, de suspender el juicio para realizarle estudios médicos psiquiátricos, psicológicos y neurológicos, con el objetivo de determinar el grado de disminución de la capacidad intelectual y si se encontraba en uso de sus facultades mentales y compresión de los actos en el momento del hecho.

Los resultados de esos estudios fueron que presenta el 80% de incapacidad intelectual y que no comprende la criminalidad del hecho, según lo que volvió a resaltar el abogado del detenido, quien pidió que se aplicara el artículo 34º del Código Penal.

En la reanudación del debate, la Cámara decidió: “A partir de lo informado por profesionales del Cuerpo Técnico Forense, el acusado no tiene la capacidad psíquica para estar presente en juicio penal y comprender los actos que se desarrollen en el debate oral, y dentro del contexto de la problemática introducida, no se avizora que el cuadro pueda cambiar porque lejos de mantenerse o evidenciar alguna mejoría, en este último tiempo ha empeorado”.

Además, el Tribunal explicó que por capacidad se entiende que para estar en juicio a gozar de un estado psicocorporal que permita la comunicación y la comprensión plena del desarrollo de un debate y poder defenderse de manera razonable.

Los jueces manifestaron que la información médica obtenida indica que el hombre no representa peligro para sí mismo ni para terceros. Fuente: SanLuis24