Ley impositiva: habrá beneficios para contribuyentes en el pago del impuesto inmobiliario

Desde la Provincia destacaron que no se aplicarán los coeficientes de convergencia durante el año.

Administrador Provincial de Impuestos de Santa Fe, Martín Ávalos (Gobierno de Santa Fe)
Administrador Provincial de Impuestos de Santa Fe, Martín Ávalos (Gobierno de Santa Fe)

El administrador Provincial de Impuestos, Martín Ávalos, detalló que el proyecto de ley impositiva presentado esta semana a la Legislatura busca mantener la estabilidad fiscal. "Hemos puesto énfasis en eso para que todos los sectores productivos de la provincia no vean incrementada su carga tributaria el año próximo", dijo, y destacó los beneficios para sectores afectados por la pandemia.

Por otro lado, en lo que tiene que ver con el impuesto inmobiliario, "hemos establecido la posibilidad de que no sea aplicable para el año 2021 los coeficientes de convergencia. En ese sentido, estamos haciendo un esfuerzo grande planteando la posibilidad de suspensión durante el próximo año. Eso va a generar efectos concretos en los contribuyentes", agregó Ávalos.

Además, el proyecto de ley establece un régimen de regularización, "que va a tener condiciones más favorables a las que se venían dando y tiene que ver con reducciones importantes de intereses y ampliación de los plazos de regularización hasta en 48 cuotas. También establece un tratamiento especial para todas las deudas que se hayan generado entre el 1 de marzo y el 31 de octubre, que son las deudas generadas como consecuencia de la pandemia".

Por último, el administrador Provincial de Impuestos reflexionó que este proyecto de ley "es razonable, equilibrado y justo. En general, están dadas todas las condiciones para que todos los sectores políticos acompañen este proyecto".

Beneficios para sectores afectados por la pandemia

  • Se establecen exenciones de las
  • En el caso de impuesto inmobiliario se eximen las cuotas 2 a 6 de 2020 y 1 y 2 de 2021.
  • Los beneficios alcanzan a todos las categorías del régimen simplificado y los contribuyentes del régimen general
  • También incluye a servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles;
  • Se dispone la implementación de un régimen de regularización tributaria para deudas devengadas hasta el 31 de octubre de 2020,
  • Para el caso de deudas exclusivamente generadas durante la pandemia y hasta el 31 de octubre de 2020, los planes propuestos permitirán a los contribuyentes regularizar sus deudas a valores históricos, sin intereses resarcitorios ni de financiación y en un plazo que podrá ser hasta 48 cuotas.