Oncopediatría: una ley garantizará en Jujuy equidad y accesibilidad al paciente

La Legislatura aprobó también una ley sobre delitos contra la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.

Directivos de la fundación "Fermín Morales" asistieron a la sesión de la Legislatura de Jujuy en la que se abordó la protección integral de los menores que padecen cáncer.
Directivos de la fundación "Fermín Morales" asistieron a la sesión de la Legislatura de Jujuy en la que se abordó la protección integral de los menores que padecen cáncer. Foto: Vía Jujuy

Una lista de asuntos relevantes trató esta semana la Legislatura de Jujuy, entre los que sobresalen las adhesiones de la Provincia al Régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer; y a la Ley Olimpia, instrumento orientado a combatir la violencia de género en entornos digitales.

En referencia al primer tema, la diputada Mariela Ortiz consideró que con la sanción de la ley n° 6.395 de adhesión a la ley nacional n° 27.674 de creación del Régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer “estamos dando un paso importante que garantiza el efectivo cumplimiento de los derechos de los pacientes que transitan esta enfermedad”.

La normativa está orientada a garantizarles la equidad y accesibilidad a la mejor calidad de atención, desde un enfoque de derechos y en todas las fases de la enfermedad.

La Legislatura de Jujuy aprobó por unanimidad la adhesión al Régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer.
La Legislatura de Jujuy aprobó por unanimidad la adhesión al Régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer. Foto: Vía Jujuy

En el articulado de la ley se establece beneficios como la licencia laboral para alguno de los progenitores del niño, niña o adolescente que transita la enfermedad; el acceso a una vivienda adecuada para aquellas familias en situación de vulnerabilidad; y el acceso a la educación en caso de que el paciente no pueda asistir a una institución educativa; y la gratuidad en el transporte.

“Ellos merecen nuestro reconocimiento; no nos podemos quedar en su dolor y angustia, sino actuar en consecuencia para mejorar este sistema y mejorarlo para quienes tienen que transitar esta enfermedad”, dijo la diputada Mariela Ortiz.

A su vez el diputado Mario Fiad señaló que “la sanción de esta ley es el resultado de aplicar el criterio del interés superior del niño como rector de las políticas públicas”, mientras que la legisladora palpaleña finalmente valoró que para conocer cabalmente el tema “los diputados tuvieron la oportunidad de recibir a algunas instituciones y profesionales” vinculados a la patología.

“LAS REDES SOCIALES TAMBIÉN VIOLENTAN A LAS MUJERES”

En cuanto a la sanción de la ley n° 6.396 de adhesión a la “Ley Olimpia” n° 27.736, la diputada Verónica Valente celebró y agradeció “que este Cuerpo siga protegiendo a las mujeres, siga reconociendo los derechos que todavía no tenemos, para vivir en una provincia libre de violencia”.

Hacía referencia la legisladora a que la norma “viene a visibilizar que las redes sociales también violentan a las mujeres” -reclamó- por cuanto la ley nacional 27.736 a su vez incorpora a la ley n° 26.485 la violencia contra mujeres en entornos digitales como una modalidad de violencia de género.

La Legislatura de Jujuy sancionó la adhesión de la Provincia a la ley nacional 27.736 sobre delitos contra la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión de la misma, sin consentimiento.
La Legislatura de Jujuy sancionó la adhesión de la Provincia a la ley nacional 27.736 sobre delitos contra la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión de la misma, sin consentimiento. Foto: Vía Jujuy

La legislación se centra en los delitos que violan la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido privado, además de incluir los discursos de odio, contenidos sexistas, acoso y espionaje, entre otros.

De igual manera, protege los derechos y bienes digitales, así como el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el ámbito digital.

En este marco es que la normativa establece que quienes desempeñen funciones públicas en cualquiera de los tres poderes del Estado deberán ser capacitados de manera obligatoria en formación integral en violencia digital o telemática en contra de las mujeres basadas en su género.