Emergencia sanitaria: "Tapabocas" obligatorio, taxis y remises flexibilizados y protocolos para actividades exceptuadas, las nuevas medidas

El Intendente Luis Castellano firmó un decreto este lunes en donde estableció la continuidad de la emergencia sanitaria hasta el fin de la cuarentena a nivel nacional.

El intendente Luis Castellano firmando el nuevo decreto que extiende la emergencia sanitaria y obliga el uso de \
El intendente Luis Castellano firmando el nuevo decreto que extiende la emergencia sanitaria y obliga el uso de \

Este lunes, el intendente Luis Castellano firmó el Decreto Nº 50.523 por el cual establece una serie de nuevas medidas para Rafaela, enmarcadas en la Emergencia Sanitaria.

En primer lugar, se prorroga el plazo para las medidas adoptadas en el Decreto Municipal Nº 50.470 y la Ordenanza Nº 5.174, durante todo el tiempo de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio que disponga el Estado Nacional. Dicho de otra forma: si el 27 de abril sigue, todo lo sancionado aquí, continúa.

Tal cual como lo había adelantado Vía Rafaela, se estableció que a partir del miércoles 15 de abril será obligatorio el uso de "barbijo no quirúrgico, tapabocas y/o máscara protectora, con carácter preventivo y social, para todas las personas que circulen por la ciudad. Quedan exceptuadas las personas contempladas dentro del espectro autista y que por motivos de salud tengan contraindicado su uso".

En este sentido, se ha generado una polémica en torno a si el Concejo Municipal debe sancionar una ordenanza con las multas, si lo debió hacer el Ejecutivo o bien, si con la prórroga de la ordenanza N° 5174, que ya contiene sanciones, alcanza.

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Además, contempla nuevas medidas para los establecimientos comerciales, industriales y de servicios que queden exceptuados del aislamiento por decisión del Gobierno Nacional. Para ello, deberán remitir una copia del protocolo de seguridad y la constancia de recepción enviado por el Ministerio de la Producción Provincia por mail al Municipio. "Dicho protocolo deberá contener, como mínimo, las medidas de prevención de contagio de COVID-19 y protección de la salud de trabajadores y público en general", dice el texto del nuevo decreto. Las que ya están en funcionamiento, tienen 5 días hábiles para hacerlo. 

Por otro lado, se autoriza a los remises que lo deseen, a efectuar el transporte de productos y mercaderías a excepción de los productos alimenticios elaborados por rotiserías, restaurantes y bares.

Además, tal cual como lo adelantara también Vía Rafaela, se mantienen las restricciones horarias de los comercios de grandes superficies comerciales. 

Por otra parte, se prorrogan los vencimientos de las licencias de conducir que vencían entre el 15 de febrero y el 30 de abril por 90 días.