La Hora Respetuosa: la norma que deberán cumplir los comercios de Mendoza ¿de qué se trata?

La ley provincial 9415 establece la inclusión de las personas con Trastorno de Espectro Autista TEA. En Argentina un 2% de la población tiene algún tipo de autismo.

Comercios
Comercios Foto: Imagen ilustrativa

Los comercios de la Ciudad de Mendoza deberán cumplir con la norma que establece La Hora Respetuosa, dirigida a la inclusión de las personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) y cualquier dificultad de hipersensibilidad y tolerancia a los ruidos fuertes y a las luces.

Hora silenciosa o respetosa en Mendoza.
Hora silenciosa o respetosa en Mendoza. Foto: totalmedios

Mendoza es la segunda provincia en el país en aplicarla, luego de Neuquén. El senador Marcelo Rubio explicó en su momento que el TEA “es una condición de neurodesarrollo que se caracteriza por la presencia de deficiencias persistentes en la comunicación y en la interacción social”. Agregó que en Argentina casi el 2% de la población tiene algún tipo de autismo.

La ley provincial 9415 establece en todo el territorio de Mendoza la “Hora Respetuosa”, dirigida a la inclusión de las personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) y cualquier dificultad de hipersensibilidad y tolerancia a los ruidos fuertes y a las luces.

Ante esta nueva normativa, los negocios de la Ciudad de Mendoza deberán apagar las luces y bajar la música a una determinada hora, ya que el municipio adhirió a “La Hora Respetuosa”, ley provincial sancionada en 2022 que establece un horario para que las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) puedan realizar sus compras en tranquilidad.

La Legislatura de Mendoza.
La Legislatura de Mendoza. Foto: Orlando Pelichotti

La ley fue aprobada a fines del 2022, proyecto presentado por diputado José Orts, al que se le acumuló uno de similares características de Josefina Canale, por el que se dispone la “prioridad de atención en la administración pública, reparticiones, instituciones, hospitales y demás reparticiones del Estado, así como también en los centros comerciales, centros de salud y demás organismos con acceso al público tanto públicos como privados de toda la Provincia de Mendoza”, a toda persona con autismo, persona que padezca de un Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), o en general cualquier tipo o clase de autismo.

El proyecto fue sometido a votación y aprobado por unanimidad, por lo que fue remitido al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

Alcances de la Ley 9415

La Ley 9415 normativa establece en todo el territorio de la Provincia de Mendoza la aplicación de la “Hora Respetuosa” dirigida a “la inclusión de las personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) y cualquier dificultad de hipersensibilidad y tolerancia a los ruidos fuertes y a las luces.

Para acreditar la condición de las personas que menciona el proyecto, “podrán presentar su certificado de discapacidad, o también se reconocerán por utilizar pulseras o lazos azules que los identifiquen”, enmarca la iniciativa.

A su vez, el articulado indica que si lo que dispone la normativa no tiene cumplimiento, “la Dirección de Defensa del Consumidor podrá, previa denuncia de parte interesada, aplicar las sanciones a las que se refiere el artículo 57, incisos f, g, h, e, i de la Ley 5.547″.

Por su parte, se establece que “el Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la presente ley quien deberá reglamentar la forma, los sujetos obligados y demás requisitos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido”.